Las cuentas y heridas del pasado

Las cuentas y heridas del pasado

 

Ha sido el propio Estado argentino el que pospuso por décadas la asistencia y reparación al sufrimiento de las víctimas del terrorismo

 

Editorial diario LA NACION 02/01/2018

En un fallo de primera instancia, el juez federal de Rosario Marcelo Bailaque denegó la petición del hijo del coronel Argentino del Valle Larrabure, Arturo Larrabure, de citar a Juan Arnold Kremer. Recordemos que Kremer, quien reconoció haber sido integrante del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP), es señalado como el autor mediato del secuestro, la tortura y el asesinato del referido militar, acaecido en tiempos del gobierno constitucional de María Estela Martínez de Perón.

La resolución judicial pone en evidencia cuán vigentes se mantienen aún hoy en nuestro país tantos inexplicables espacios de burda impunidad que, en rigor de verdad, benefician a quienes, desde el terrorismo, cometieron delitos de lesa humanidad en la triste y sangrienta década de los 70. Está claro que nuestros magistrados se resisten a considerarlos como tales.

Mientras esta situación se mantenga, las cuentas y heridas del pasado permanecerán dolorosamente abiertas, tiñendo de impunidad todo lo que la Argentina ha hecho correctamente al desterrar las injustificables violaciones de derechos humanos en la mencionada década, perpetradas desde el Estado a través de sus agentes.

Los delitos cometidos por el terrorismo constituyen crímenes aberrantes, de la misma gravísima naturaleza, por lo que no pueden desconocerse, como tampoco puede no reconocerse a sus víctimas.

Son muchas veces esos mismos magistrados de nuestro país quienes han decidido ignorar las Convenciones de Ginebra de 1949, columna vertebral del derecho humanitario internacional, y base, además, del derecho interno en nuestro país desde 1957.

El Centro de Estudios Legales sobre Terrorismo y sus Víctimas (Celtyv), una OSC creada por la valiente abogada Victoria Villarruel, no sólo promueve rescatar del olvido a las víctimas de la guerrilla en la Argentina.

Su finalidad última radica en obtener el reconocimiento de sus derechos para librarlas del olvido y la exclusión. “Comprendí que escribir, relatar y sacar del anonimato la otra historia, la que nunca se cuenta asegura Villarruel, habría de ser mi tarea a cumplir”.

Ha sido el propio Estado argentino el que pospuso por décadas la asistencia y reparación al sufrimiento de las víctimas del terrorismo. Fueron ellas así doblemente victimizadas, por las organizaciones armadas primero y por el Estado, que no reconoció sus derechos, después.

Durante la vigencia de las leyes de obediencia debida y punto final no pudieron avanzar penalmente sobre sus victimarios y, al caerse esas leyes tampoco pudieron hacerlo porque la Corte, de manera restrictiva, sólo categorizó los delitos de los agentes del Estado como imprescriptibles, dejando así injustificadamente impunes los delitos cometidos por los terroristas.

Es oportuno recordar que la prohibición absoluta de atentar contra civiles inocentes genera responsabilidad individual directa para todos los actores involucrados, incluyendo ciertamente a quienes no forman parte del Estado, ni son sus agentes. Esa prohibición es naturalmente obligatoria y es ciertamente mucho más que una mera expresión de deseos o una recomendación programática, por lo que debe ser obviamente respetada, siempre y en todos los casos. Mucho más aún por quienes desempeñan la excelsa tarea de impartir justicia.

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