La persistencia del derecho penal del enemigo
Los principios y las garantías de la Constitución, como los derechos humanos, deben ser aplicados sin distinción de la identidad de los acusados
LA NACION. Editorial.
A46 años del inicio de la dictadura militar, los argentinos hemos aprendido a valorar y cuidar la democracia y a estremecernos suficientemente frente a los aberrantes crímenes de la trágica década del 70 como para evitar su repetición. Sin embargo, si se sigue fragmentando caprichosamente la historia y las duras lecciones del pasado no son asumidas de forma integral, sino como una forma de obtener venganza antes que justicia, solo se logrará retroalimentar los odios y ganará terreno una autoritaria concepción según la cual los derechos humanos son solo para algunos.
Durante la primera década de este siglo se desarrolló una práctica que perdura hasta la actualidad, consistente en crear una categoría especial de delitos y de acusados a quienes se les niegan los derechos y garantías constitucionales y procesales de los que goza cualquier imputado o condenado por cualquier delito, incluyendo los más graves y aberrantes, como el homicidio, la violación y el secuestro extorsivo.